Condenado a pagar 2 millones por causar un incendio en Niebla
El Juzgado de Lo penal número 4 de Huelva ha condenado a seis meses de cárcel al autor de un delito de incendio forestal ocasionado por imprudencia grave ocurrido en 2007 en el paraje Baldíos de Niebla, en el término municipal de Niebla. El fuego calcinó unas 1.000 hectáreas al contactar las ramas de un eucalipto con el tendido eléctrico. El condenado también tendrá que pagar una multa de 2.140 euros, así como 2 millones de euros a la empresa, de la que era administrador único, por las indemnizaciones correspondientes a dueños de fincas colindantes, a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Niebla, tras los daños ocasionados.
Según la sentencia, el juez considera probado que sobre las 15:50 del 29 de julio de 2007 se desencadenó un incendio en la citada zona extendiéndose a terrenos colindantes. El fuego se inicia al entrar en contacto las ramas de la copa de un eucalipto que no había sido podado con el tendido eléctrico.
Cuando tuvieron lugar os hechos, el condenado desempeñaba el cargo de administrador único en la citada empresa familiar y en el ejercicio de dicho cargo tenía conocimiento de la obligación impuesta a las compañías responsables de las líneas eléctricas de revisar las instalaciones antes del día 1 de mayo de cada año.
Sin embargo estas acciones, cuyo impulso y supervisión correspondían al condenado, no fueron llevadas a efecto, prescindiéndose en concreto de la tarea de poda del eucalipto cuya copa tocaba con los cables aéreos.
El juez considera que el responsable de la empresa "omitió normas esenciales de cuidado en el desempeño de su actividad relacionada con las operaciones de corta y poda de árboles próximos al tendido eléctrico".
Según la sentencia, el juez considera probado que sobre las 15:50 del 29 de julio de 2007 se desencadenó un incendio en la citada zona extendiéndose a terrenos colindantes. El fuego se inicia al entrar en contacto las ramas de la copa de un eucalipto que no había sido podado con el tendido eléctrico.
Cuando tuvieron lugar os hechos, el condenado desempeñaba el cargo de administrador único en la citada empresa familiar y en el ejercicio de dicho cargo tenía conocimiento de la obligación impuesta a las compañías responsables de las líneas eléctricas de revisar las instalaciones antes del día 1 de mayo de cada año.
Sin embargo estas acciones, cuyo impulso y supervisión correspondían al condenado, no fueron llevadas a efecto, prescindiéndose en concreto de la tarea de poda del eucalipto cuya copa tocaba con los cables aéreos.
El juez considera que el responsable de la empresa "omitió normas esenciales de cuidado en el desempeño de su actividad relacionada con las operaciones de corta y poda de árboles próximos al tendido eléctrico".